La zona de bajas emisiones entrará en vigor en Bilbao el 15 de junio
A partir del pasado viernes 10 de mayo queda aprobada con carácter definitivo por el Pleno del Ayuntamiento de Bilbao la ordenanza que regulará la ZBE (zona de bajas emisiones). Se trata de una medida que permitirá mejorar la salud pública y la calidad del aire, así como fomentar la movilidad sostenible en la Villa, cumpliendo así las directrices de la Unión Europea con el propósito de alcanzar los objetivos ambientales previstos para 2030.
Además de las 18 enmiendas presentadas por la oposición y que fueron aprobadas en el pleno de diciembre, el texto final aprobado hoy ha incorporado el contenido total o parcial de 55 alegaciones presentadas en el periodo de exposición pública por parte de diversos colectivos y ciudadanía en general. Estas directrices exigen a todas las ciudades con más de 50.000 habitantes que adopten medidas para reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo la implantación de áreas específicas en la ciudad en las cuales se busca disminuir el tráfico rodado más contaminante.
REGULACIONES
La ordenanza clasifica los vehículos según su potencial contaminante en categorías en función de su distintivo ambiental según lo establecido en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre:
- Vehículo poco contaminante: vehículo 0 emisiones, ECO y C
- Vehículo contaminante: vehículos B
- Vehículo gran contaminante: vehículos A o sin etiqueta
Cualquier persona puede consultar la categoría ambiental de su vehículo en la página web de la Dirección General de Tráfico.
Cabe recordar una vez más que en Bilbao no será necesario llevar distintivo alguno o la pegatina física en el vehículo ni solicitarla previamente. El control de accesos a la ZBE se realiza mediante un sistema de cámaras de lectura de matrículas de los vehículos, conectadas a las bases de datos municipales y la DGT.
Según la ordenanza aprobada, a partir del 15 de junio de 2024 podrán acceder libremente y circular por la ZBE, así como estacionar en la misma, los vehículos que sean considerados poco contaminantes, así como las bicicletas, bicicletas de pedaleo asistido, otros ciclos y los vehículos de movilidad personal.
Tendrán restringido el acceso, la circulación y el estacionamiento en la ZBE los vehículos contaminantes (B) y grandes contaminantes (A) en un horario determinado.
La regulación será aplicable los días laborables, de lunes a viernes, de 07.00 a 20.00 horas. Quienes incumplan la normativa se enfrentarán a sanciones que pueden llegar hasta los 200 euros, según lo dispuesto por la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Ante estas restricciones, se han previsto exenciones para ciertos vehículos y situaciones, como los vehículos de personas residentes dentro de la ZBE antes de la entrada en vigor de la ordenanza, vehículos que transporten a personas con movilidad reducida, vehículos de emergencias y esenciales, vehículos históricos y los ciclomotores de menos de 50 cc y con una velocidad máxima por construcción de 45 km/h.
Próximamente se habilitarán herramientas para facilitar a la ciudadanía la información pertinente, así como la posibilidad de resolver dudas sobre la normativa. Se abrirá una oficina de información situada en la calle Ripa, un teléfono y una página web. También se pondrá en marcha una amplia campaña de comunicación y sensibilización para ofrecer todos los detalles de la aplicación de la ordenanza, así como las indicaciones necesarias para su cumplimiento.